Hay novedades en la forma de facturar de empresas y autónomos. Te explicamos qué cambia y cuáles son las fechas que debes tener en cuenta.

VeriFactu: aplazamiento anunciado hasta octubre de 2028

Hacienda ha anunciado que prevé retrasar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de adaptación de los programas de facturación, conocidas como VeriFactu. El objetivo es coordinar estos cambios con la llegada de la factura electrónica y facilitar la adaptación de los negocios. Nota oficial de Hacienda.

El anuncio es oficial, pero falta publicar la norma que lo haga efectivo en el BOE. Hasta entonces, los plazos legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, incluidos los autónomos. Reglamento de los sistemas de facturación.

Factura electrónica: el calendario ya está publicado

La orden que regula la solución pública de factura electrónica entró en vigor el 6 de octubre de 2026, poniendo en marcha los plazos para su aplicación obligatoria en las operaciones entre empresas y profesionales incluidos en la normativa:

  • 6 de octubre de 2027: para quienes hayan superado los 8 millones de euros de volumen de operaciones en el año natural anterior.
  • 6 de octubre de 2028: para el resto de empresas y autónomos obligados.

Estas fechas resultan del calendario del Real Decreto 238/2026 y de la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026.

¿En qué se diferencian?

VeriFactu regula los requisitos que deben cumplir los programas para generar y conservar los registros de facturación. La factura electrónica regula cómo se emiten, envían y reciben las facturas entre empresas y profesionales. Por eso, adaptar el programa a VeriFactu no sustituye la adaptación a la factura electrónica.