El pasado 31 de mayo se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid una nueva subvención destinada a ampliar la tarifa plana de 50 euros de los trabajadores autónomos, prevista originalmente para los 6 primeros meses desde el inicio de la actividad, por un periodo adicional de 12 mensualidades más.

Recordad que la tarifa plana de 50 euros está condicionada a escoger base mínima de cotización y que está reducción está destinada a nuevos autónomos o aquellos trabajadores que no se hubieran dado de alta en este régimen en los cinco años precedentes.

Requisitos:

  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.
  • Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
  • Tener concertada la Prevención de Riesgos Laborales.

Quedan excluidos de esta subvención los socios, familiares de socios o miembros de órganos administradores de sociedades mercantiles y los familiares colaboradores del titular de la explotación que cotizan en el régimen de autónomos.

Solicitud:

Se podrá presentar la solicitud desde el tercer mes de alta en el régimen de autónomos hasta el séptimo mes de dicha fecha, siempre que dicho alta se haya producido con posterioridad al mes de febrero de 2016.

Para aquellos trabajadores cuya alta inicial en el régimen de autónomos esté comprendida entre los meses de octubre de 2015 y febrero de 2016, ambos inclusive, el plazo de solicitud de esta ayuda será de tres meses a contar desde el 31 de Mayo de 2016 (fecha de publicación de la subvención).

Abono de la subvención:

El importe de la subvención se abonará en dos pagos:

El primer pago se realizará a partir de los seis meses desde la fecha de alta inicial.

El segundo pago se realizará a partir de los doce meses desde la fecha de alta inicial. Este pago estará condicionado a que el beneficiario permanezca de alta en el régimen de autónomos, en las mismas condiciones iniciales. Asimismo, deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La solicitud de esta subvención se tramitará ante la Comunidad de Madrid desde el 1 de Junio de 2016.Â