Aquellos contribuyentes que estén acogidos con carácter obligatorio (sociedades mercantiles, sucursales) o voluntario (empresarios individuales) al sistema de notificaciones telemáticas de la Agencia Tributaria a través de la Dirección Electrónica Habilitada, tienen la posibilidad de solicitar 30 dÃas de cortesÃas, en los cuales la Agencia Tributaria no podrá remitir comunicaciones o notificaciones al contribuyente. Debido a la llegada del periodo estival, es conveniente revisar qué dÃas son los más adecuados seleccionar.
Para seleccionar los 30 dÃas de cortesÃas, hay que acceder al siguiente link de la sede virtual de la agencia tributaria:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/ZN01.shtml
Opción «Solicitud de dÃas en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada» (acceso directo)
El acceso debe realizarse con firma digital expedida por la FNMT.
Una vez dentro, se debe seleccionar la opción «modificar»Â e indicar los dÃas deseados. Una vez seleccionados, se debe firmar la petición.