Tras la reforma de las pensiones, la edad de jubilación irá aumentando progresivamente hasta el año 2027, momento a partir del cual la edad de jubilación será a los 67 años de edad. Los periodos cotizados necesarios para poder  percibir la pensión por jubilación, también aumentan progresivamente hasta llegar al año 2027, según se relaciona en la tabla siguiente:

 

Año de jubilación

Períodos cotizados necesarios

Edad exigida

2013

35 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 35 años y 3 meses

65 años y 1 mes

2014

35 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 35 años y 6 meses

65 años y 2 meses

2015

35 años y 9 meses o más

65 años

Menos de 35 años y 9 meses

65 años y 3 meses

2016

36 o más años

65 años

Menos de 36 años

65 años y 4 meses

2017

36 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 36 años y 3 meses

65 años y 5 meses

2018

36 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 36 años y 6 meses

65 años y 6 meses

2019

36 años y 9 meses o más

65 años

Menos de 36 años y 9 meses

65 años y 8 meses

2020

37 o más años

65 años

Menos de 37 años

65 años y 10 meses

2021

37 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 3 meses

66 años

2022

37 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 6 meses

66 años y 2 meses

2023

37 años y 9 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 9 meses

66 años y 4 meses

2024

38 o más años

65 años

Menos de 38 años

66 años y 6 meses

2025

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 8 meses

2026

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 10 meses

A partir de 2027

38 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 6 meses

67 años

En el caso, de que por ejemplo, un cotizante desee jubilarse en el año 2016, podrá jubilarse a la edad de 65 años si tiene 36 años cotizados a la Seguridad Social. Si tienes menos de 36 años cotizados, no podrá acceder a la jubilación hasta los 65 años y 4 meses de edad.

Es importante recordad que en cualquier caso para poder percibir la pensión contributiva se tiene que haber cotizado al menos 15 años.

Base para el cálculo:

La base para el cálculo de la prestación de jubilación igualmente ira aumentando hasta el año 2022, a partir del cual se tendrán en cuenta las cotizaciones de los últimos 25 años.

El cálculo se realizara según siguiente tabla, resultando la media aritmética de las bases de cotización actualizadas de los últimos años cotizados.

Año de jubilación

Nº. meses computables

Años computables

2013

192 / 224

16

2014

204 / 238

17

2015

216 / 252

18

2016

228 / 266

19

2017

240 / 280

20

2018

252 / 294

21

2019

264 / 308

22

2020

276 / 322

23

2021

288 / 336

24

2022

300 / 350

25

Por ello, es interesante recordad que todos los autónomos que puedan jubilarse a los 65 años a partir del año 2022, tendrán que tener en cuenta que desde la edad de los 40 años, hasta llegar a los 65 años, su base de cotización determinará la futura pensión por jubilación.

Plazo para cambiar la base de cotización:

Los trabajadores que cotizan en el régimen de autónomos podrán modificar su base de cotización en los siguientes períodos: si la solicitud se presenta entre el 1 de enero y el 30 de abril, tendrá efectos a partir del 1 de julio siguiente. Si la solicitud se presenta después del 1 de mayo y antes del 1 de noviembre, tendrá efectos a partir del 1 de enero del año siguiente.

En el caso de tener dudas acerca de su jubilación, póngase en contacto con nosotros.