En el caso de subcontratar obras o servicios correspondientes a la actividad principal, es necesario solicitar un certificado a las empresas o autónomos que se contraten o subcontraten para verificar que están al corriente de pago en sus obligaciones con la Agencia Tributaria. Dicho documento es el certificado de contratistas y subcontratistas y, de no solicitarlo, la empresa que contrata o subcontrata pasa a ser responsables subsidiaria de las deudas que puedan tener estas empresas con la Agencia Tributaria.
El certificado de contratistas y subcontratistas tiene una validez de un año.