Con motivo de la entrada del nuevo sistema de cotización del régimen de autónomos a partir de 2023 cabe indicar que tal como se informó en su momento, las cuotas abonadas en 2023 eran provisionales, procediendo ahora, antes de finales de 2024, el inicio de la regularización por parte de la TGSS de las cuotas definitivas de 2023.
Recordad que la base de cotización definitiva se determinará por una serie de tramos en función del rendimiento neto del autónomo. Por lo tanto, cuando mayor sea el rendimiento neto del autónomo, mayor será su base de cotización.
La regularización será de oficio por parte de la TGSS, notificando al interesado el resultado de la regularización tal como se explica más adelante.
La regularización resultante dependerá del rendimiento neto mensual del autónomo definitivo del ejercicio 2023. Para obtener dicho dado, la TGSS recibirá información de la Agencia Tributaria, de las mutuas colaboradoras y de las entidades gestoras.
Si el rendimiento neto definitivo del ejercicio 2023 es superior al provisional, la regularización resultará a ingresar. Si el rendimiento neto definitivo del ejercicio 2023 es inferior al provisional, la TGSS devolverá de oficio la cuota resultante de dicha regularización. Si el rendimiento neto definitivo es igual al provisional. No cabe regularización.
La base provisional del ejercicio se puede ajustar durante el ejercicio, tratando de adecuar el rendimiento neto provisional, al definitivo del ejercicio.
Los beneficiarios de la Tarifa Plana y prestaciones percibidas por las mutuas colaboradores (incapacidad temporal, ayudas nacimiento o cuidado menores, cese actividad etc.), establecen periodos donde no corresponde regularización por parte de la TGSS. La regularización únicamente se aplicará a los periodos regularizables.
El rendimiento neto mensual resultante determinará la base de cotización mínima y máxima de cada tramo.
El rendimiento neto se calculará: rendimiento neto + cuotas de autónomos abonadas – deducción gastos genéricos. Los gastos genéricos son: 3 % autónomos societarios y 7 % para el resto.
¿Como calculará el rendimiento AEAT de los autónomos? Se detalla en este link Agencia Tributaria: Información – Información para determinar el rendimiento neto
¿Qué resultado puede haber con la regularización?
- Si la base de cotización provisional promedio mensual está dentro del tramo de rendimiento neto mensual, no cabe regularización.
- Si la base de cotización provisional promedio mensual está por encima del tramo de rendimiento neto mensual, habrá regularización. La base de cotización definitiva que le corresponde al autónomo es la base de cotización mínima de su tramo de rendimiento neto mensual en todos los períodos regularizables del año.
- Si la base de cotización provisional promedio mensual está por debajo del tramo de rendimiento neto mensual, habrá regularización. La base de cotización definitiva que le corresponde al autónomo es la base de cotización máximo de su tramo de rendimiento neto mensual en todos los períodos regularizables del año.
Cabrá la posibilidad de optar por una base de cotización superior a la que marque el rendimiento neto mensual solicitándolo en Importas o Sistema Red.
Si se desea mantener como definitiva la base de cotización que corresponda por el rendimiento neto mensual, no cabe realizar ninguna gestión.
Si la cuota resultante de la regularización sale a devolver, la TGSS devolverá de oficio la cuantía. Plazo máximo de devolución 30 de abril 2025.
Si la cuota resultante de la regularización sale a ingresar, al TGSS remitirá carta de pago con la resolución del detalle del cálculo.
Las notificaciones de resoluciones se empezarán a remitir por parte de la TGSS a partir de la segunda quincena de noviembre.