Los contribuyentes que estén incluidos, con carácter obligatorio o voluntario, en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) en relación a las notificaciones de la Agencia Tributaria, podrán indicar hasta un máximo de 30 dÃas cada año en los cuales la Agencia Tributaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEH.
Para realizar dicho trámite habrá que acceder a este link mediante la firma digital:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/ZN01.shtml
Acceder a la opción: Solicitud de dÃas en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada.
Es recomendable hacer coincidir dichos dÃas con periodos vacacionales, dado que con independencia a que el contribuyente acceda o no a la notificación a través de la DEH, la Agencia Tributaria le dará por notificado al décimo dÃa de la remisión de la notificación, iniciándose, por tanto, los plazos legales para realizar alegaciones o el periodo para el pago voluntario de deudas tributarias.