Los contribuyentes que estén incluidos, con carácter obligatorio o voluntario, en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) en relación a las notificaciones de la Agencia Tributaria, podrán indicar hasta un máximo de 30 días cada año en los cuales la Agencia Tributaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEH.

Para realizar dicho trámite habrá que acceder a este link mediante la firma digital:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/ZN01.shtml

Acceder a la opción: Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada.

Es recomendable hacer coincidir dichos días con periodos vacacionales, dado que con independencia a que el contribuyente acceda o no a la notificación a través de la DEH, la Agencia Tributaria le dará por notificado al décimo día de la remisión de la notificación, iniciándose, por tanto, los plazos legales para realizar alegaciones o el periodo para el pago voluntario de deudas tributarias.